El nuevo
impuesto del 6% sobre la venta de energía eléctrica anunciado por el
Gobierno el pasado miércoles es común a todas las tecnologías.
ECOticias.
La eólica es la tecnología generadora de electricidad que más
impuestos soporta en España. A las cargas fiscales comunes a los demás
tipos de energía (impuesto sobre la electricidad, impuesto sobre
sociedades, Impuesto de Actividades Económicas…), hay que sumar las
tasas autonómicas y locales. Y además los cánones eólicos. ¿Alguien da
más?
El nuevo impuesto del 6% sobre la venta de energía eléctrica
anunciado por el Gobierno el pasado miércoles es común a todas las
tecnologías. En el caso de la eólica, tendrá un impacto en 2013 de 241
millones de euro, según los cálculos de la Asociación Empresarial Eólica (AEE). Y viene a sumarse a una batería de tasas que estrangulan su rentabilidad y dificultan su actividad en España.
A continuación, resumimos algunas de las tasas que soporta la eólica:
-ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y
Obras). Se paga una sola vez, al inicio de la instalación. Antes los
ayuntamientos gravaban un porcentaje sobre el 8% de la inversión en obra
civil, pero algunos comenzaron a gravar el 100% de la instalación y
progresivamente se ha ido ampliando. Este impuesto ha sido ampliamente
recurrido por excesivo y discriminatorio.
-BICES (Impuesto sobre Bienes Inmuebles de
Características Especiales, antes IBI): Se paga todos los años y se
aplica al conjunto de la instalación. Se aplica sobre un valor catastral
que determina Hacienda (ligado a las inversiones y las amortizaciones),
sobre el que los ayuntamientos aplican un impuesto que va del 0,4 al
1,3% (de entre 800 y 2.000 euros por MWh al año. Para un parque de 50
MW, supone entre 40.000 y 130.000 euros a año).
-Canon urbanístico: Varía según la comunidad autónoma. Castilla La Mancha aplica un 2% sobre la inversión. Andalucía, hasta un 10%.
-Canon eólico: Se paga todos los años. Grava los
supuestos impactos medioambientales de los parques (apropiación del
recurso eólico y del territorio, deseconomías ambientales o afecciones a
los emplazamientos que quedan para instalaciones futuras), sin tener en
cuenta que la energía eólica lo que busca precisamente es limitar el
daño medioambiental de otras tecnologías. Se aplica sobre los ingresos
anuales de cada parque. De momento, lo aplican Galicia y Castilla La
Mancha.
-Impuesto sobre transmisiones patrimoniales:
Recientemente, Galicia ha empezado a aplicar una tasa del 4% sobre la
inversión una vez obtenida la autorización administrativa por el parque
eólico, independientemente si el proyecto se ejecuta o no.
El nuevo impuesto del 6% sobre la generación de energía se suma, en
el caso de la eólica, a la moratoria para nuevas instalaciones y a la
falta de un marco regulatorio más allá de finales de 2012. La cuerda no
se puede tensar más: está en juego la permanencia en España de la
industria eólica (desde los grandes fabricantes a los pequeños
proveedores), el empleo que generan y la inversión que atraen, en un
momento en que España necesita más que nunca nuevos sectores productivos
que tiren de la economía.
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