martes, 12 de julio de 2011

El nuevo decreto sobre calidad del aire regula los olores y la información pública sobre contaminación

La Junta de Andalucía regulará por primera vez las actividades que producen olores en la comunidad y las obligaciones de información a la población, según las novedades que recoge el decreto de calidad del aire aprobado este martes por el Consejo de Gobierno, que sustituye al vigente desde 1996.

La norma, que se adapta a las nuevas legislaciones europea y estatal sobre la materia, también especifica las responsabilidades que en los planes de calidad del aire deben ejercer la administración autonómica, centradas sobre todo en la industria, y los ayuntamientos, principalmente las relativas a medios de transporte y movilidad sostenible, según ha informado el consejero de Medio Ambiente, José Juan Díaz Trillo en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, donde ha apuntado que el decreto andaluz es el primero en España que aborda esta clarificación competencial, dirigida a reforzar la autonomía local.
   Los planes de calidad atmosférica, tanto de competencia autonómica como local, serán de dos tipos. Los primeros, denominados planes de mejora, se destinan a zonas en las que los niveles de uno o más contaminantes superan los valores límite. Los segundos, de acción a corto plazo, se aplicarán en áreas y supuestos con riesgos de que se produzca esta superación. Tanto unos como otros deberán ser obligatoriamente tenidos en cuenta en la planificación urbanística.
   Respecto a la regulación de los olores, el decreto faculta a la Consejería de Medio Ambiente para requerir a los titulares de actividades potencialmente contaminantes, tanto con carácter previo como con posterioridad a su inicio, la realización de estudios sobre el impacto en el entorno y la adopción en su caso de las medidas correctoras adecuadas. Estas exigencias afectarán sobre todo a instalaciones ganaderas, plantas de gestión de residuos e industrias químicas.
   Para todos los contaminantes atmosféricos, el decreto regula la autorización de emisiones prevista en la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, de tal modo que en cada permiso se fijan los valores límites según la calidad ambiental del entorno y las mejores técnicas disponibles. La aplicación de estos dos criterios a cada situación concreta puede implicar que los límites sean más restrictivos que los establecidos en la legislación con carácter general. No obstante, el decreto incluye una tabla de valores que sirven de referencia a las autorizaciones.
   En el caso de las actividades, instalaciones e industrias de mayor potencial contaminante, la norma aprobada por el Consejo de Gobierno establece medidas de carácter preventivo adicionales a las que se exigen en las autorizaciones. Estas cautelas, fundamentalmente referidas a proporcionar información, facilitar inspecciones y llevar a cabo acciones de urgencia, se dirigen a evitar emisiones accidentales que supongan riesgos para la salud y la seguridad de las personas o daños a los bienes y al medio ambiente.
   El conjunto de medidas referentes a las emisiones tiene como principal objetivo reforzar y ampliar las iniciativas contra la contaminación atmosférica impulsadas tanto por las administraciones como por el sector privado, que tienen su origen en los primeros planes correctores en las concentraciones industriales de Huelva y la Bahía de Algeciras a finales de la década de los 80. Según los últimos datos anuales, correspondientes a 2010, en Andalucía se emitieron 54 millones de toneladas de gases de efecto invernadero, casi un 4 por ciento menos que en 2009.
   En cuanto a las obligaciones relativas a la información a la población, que también se regulan por primera vez en Andalucía, el decreto exige a la Administración autonómica y a los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes la difusión a la población de datos relevantes cuando superen los valores de referencia y los umbrales de alerta en las concentraciones de contaminantes en la atmósfera, según ha explicado Díaz Trillo.
   Entre otras informaciones, se aportarán las relativas al tipo de umbral superado; zona, hora de inicio y duración de la superación; previsiones sobre zonas expuestas y cambios previstos en la contaminación (mejora, estabilización o empeoramiento); tipo de población afectada y grupos de riesgo; posibles efectos sobre la salud; descripción de síntomas probables, y recomendaciones.
RED DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE
   Con el fin de garantizar la fiabilidad de los sistemas de control que hacen posible esta información, la norma incorpora el establecimiento, igualmente novedoso, de los requisitos técnicos imprescindibles que debe cumplir la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire de Andalucía.
   Este operativo, coordinado por la Consejería de Medio Ambiente, cuenta actualmente con 90 estaciones de medición de la calidad del aire distribuidas por todo el territorio regional y 101 que controlan en continuo las emisiones de los principales focos contaminantes de las industrias andaluzas. La red se completa con un laboratorio, cinco unidades móviles, captadores difusivos y un sistema de simulación que pronostica la evolución de la calidad del aire para informar a la población con la suficiente antelación.
   Por último, dentro de las tareas de vigilancia y de acuerdo con el reparto competencial que recoge el decreto, se establece un nuevo modelo de control de emisiones contaminantes con varios niveles en función del impacto ambiental. Este régimen incluye las inspecciones de la Consejería de Medio Ambiente y de los ayuntamientos, el control por entidades colaboradoras y el autocontrol por las propias instalaciones.

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