El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy una resolución de la Consejería de Medio Ambiente por la que se declara la zona en la que asienta el hotel de El Algarrobico, en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, como espacio protegido no urbanizable.
El Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (BOJA) publica hoy una resolución de la Consejería de Medio
Ambiente por la que se declara la zona en la que asienta el hotel de El
Algarrobico, en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, como espacio
protegido no urbanizable. En la foto de 2007, una familia pasea frente
al hotel Algarrobico, en la localidad de Carboneras. EFE/ Carlos Barba
La Consejería da así cumplimiento a la providencia dictada el
pasado 6 de marzo por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA), en la que se instaba por segunda vez al Gobierno andaluz a
otorgar al paraje una mayor protección "en ejecución de las resoluciones
judiciales dictadas".
En Alto Tribunal andaluz pedía que se
otorgara al "sector ST-1, conocido como El Algarrobico", en el municipio
de Carboneras (Almería), "la protección ambiental adoptada en el Plan
de Ordenación de Recursos Naturales de 1994" como "espacio protegido no
urbanizable".
De este modo, el TSJA instaba al cumplimiento de la
sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 30 de septiembre, en
la que se ratificaba la suspensión cautelar del PORN aprobado por la
Junta en 2008, en favor de la norma de 1994, que garantiza una mayor
protección de la zona.
Queda por decidir si el hotel invade dominio público
El
fallo del Supremo advertía de que la aplicación del PORN de 2008
produciría "un efecto devastador en relación a la construcción y
utilización del establecimiento hotelero situado en la zona El
Algarrobico", y señalaba que la zona "queda mejor amparada" en el PORN
de 1994, que otorga "más intensa y mejor protección ambiental".
El
Supremo debe decidir todavía si el hotel invade la zona de servidumbre
del dominio público marítimo-terrestre, tal y como declaró en 2008 la
Audiencia Nacional en una sentencia que fue recurrida por el
Ayuntamiento de Carboneras.
Asimismo, queda pendiente el
pronunciamiento del TSJA sobre la licencia de obras concedida por el
Consistorio a la promotora, Azata del Sol, que el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo número 2 de Almería declaró, en septiembre de
2008, ilegal "de pleno derecho" por tratarse de un espacio protegido no
urbanizable y por invadir la servidumbre de protección establecida en
la Ley de Costas. EFEverde

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