El Tribunal
Supremo dio a conocer hoy dos sentencias relacionadas con el contencioso
que afecta una edificación hotelera en la playa almeriense de El
Algarrobico, en las que se desestiman sendos recursos contra el deslinde
del terreno en el que se construyó.
La sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la promotora
Azata del Sol, responsable del hotel cuestionado, contra la sentencia de
la Audiencia Nacional sobre la orden de noviembre de 2005 del
Ministerio de Medio Ambiente que aprobó el deslinde de los bienes de
dominio público marítimo terrestre en un tramo que afecta la
edificación.
Según la nota, la casación no ha lugar, porque "la
Sala de instancia no infringió los preceptos que regulan la valoración
de la prueba pericial ni efectuó una valoración irracional o arbitraria
del conjunto de la prueba documental". La misma instancia concluyó que
no ha lugar para recurrir la sentencia emitida en diciembre de 2008 en
la Audiencia Nacional sobre el mismo asunto.
El alto tribunal
ratifica así la sentencia pronunciada por la Audiencia Nacional en la
que se confirmaba el deslinde de 100 metros desde la línea de costa
aplicado por la Dirección General de Costas en este paraje almeriense,
donde en 2002 quedó paralizada la construcción del hotel El Algarrobico,
situado a menos de 50 metros de la costa.
La sentencia rechaza
los cuatro motivos de casación invocados por la parte recurrente con el
fin de defender la servidumbre en esa zona, que justificaban la
construcción del citado hotel, de veinte plantas y mas de doscientas
habitaciones.La sentencia impone a Azata del Sol el pago de 4.000 euros
por costas procesales y 5.000 euros de los honorarios del abogado de la
parte recurrida, y mil euros por concepto de representación y defensa de
la Administración autonómica que compareció como recurrida.
Según
la sentencia, "cualquier propietario de suelo" tiene el "deber
jurídico" de soportar la anchura de la servidumbre de protección
legalmente establecida (en este caso de cien metros), "sin que puedan
invertirse los términos de los deberes que el ordenamiento jurídico
impone a la Administración y a particulares".Y recuerda que no se exime
de esa obligación por adquirir terrenos pendientes de deslinde, ante lo
que se "precipita" solicitando licencias y permisos para construir un
hotel sobre un suelo "que resultó legalmente gravado con servidumbre de
protección".
"No está en lo cierto la recurrente al asentar su
confianza legítima en los hechos relatados, ya que el deslinde, al que
estaba sujeta la zona, sólo había sido aprobado provisionalmente con una
anchura también provisional", añade el documento.Sobre el segundo
recurso de casación interpuesto por Azata del Sol contra el deslinde
dispuesto por orden ministerial, el Tribunal apunta que "no ha lugar"
porque la sentencia recurrida "no ha incurrido en incongruencia omisiva"
y no ha infringido lo establecido en las disposiciones de la Ley de
Costas.
El objetivo final de las demandas interpuestas contra el
hotel es, según las organizaciones ecologistas y cívicas que las
promueven, su demolición total o parcial, en tanto no todo el edificio
invade espacio público.Pendientes de sentencias firmes sobre los muchos
procesos abiertos contra El Algarrobico, como se conoce popularmente el
proyecto hotelero de Azata del Sol en esa playa del parque Cabo de Gata,
la Junta de Andalucía firmó un acuerdo con el pasado gobierno para
cofinanciar los trabajos de derribo y restauración del espacio invadido.
EFEverde
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