miércoles, 26 de septiembre de 2012

La Justicia confirma la condena a "Total" por el hundimiento del Erika

La Justicia francesa confirmó hoy, en un fallo histórico con posibles consecuencias para casos similares, la condena a la empresa multinacional "Total" por las consecuencias del hundimiento, en 1999, del petrolero Erika frente a las costas bretonas.

El Tribunal Supremo francés confirmó la sentencia que condenó en 2010 a la petrolera Total y a otras sociedades por las consecuencias del hundimiento del Erika, que causó una catástrofe ecológica al contaminar cientos de kilómetros de las costas atlánticas francesas. 
La alta instancia francesa va más allá del fallo en apelación de un tribunal de París al considerar que la petrolera no está exonerada de satisfacer las demandas materiales de daños y perjuicios presentadas por multitud de damnificados. 
Varios de los representantes de los afectados han comentado la importancia del fallo para casos similares, refiriéndose al naufragio del petrolero monocasco "Prestige" frente a las costas de noroeste español en 2002. 
La petrolera "Total", primera empresa francesa en capitalización bursátil y propietaria del crudo que transportaba el Erika, había sido condenada a una multa de 375.000 euros por un delito ecológico y a pagar indemnizaciones por valor de unos 200 millones de euros a los municipios afectados. 
En la sentencia se consideró hace dos años que Total contrató un barco demasiado viejo y en mal estado y no se preocupó de su seguridad, por lo que cometió "un delito de imprudencia". 
La petrolera recurrió la sentencia ante el supremo al considerar que la jurisdicción francesa no es competente sobre el caso, un argumento que contaba con el respaldo del Ministerio Público y que no ha sido aceptado por el Supremo en su fallo. 
Daniel Soulez-Larivière, abogado de "Total", declaró después de hacerse público el fallo que la decisión del Supremo "plantea un problema" al mencionar que "pone en entredicho la aplicación en Francia de los convenios internacionales". 
El abogado no quiso precisar cuáles serán ahora los pasos que siga la multinacional, aunque aludió a que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo es la instancia superior a la que se puede acudir. 
Soulez-Larivière criticó que "sin debate", el Supremo haya dado un vuelco a los motivos manifestados por la instancia de apelación que confirmó las condenas hoy refrendadas por la máxima instancia judicial gala. 
Danielle Rival, alcaldesa de Batz-sur-mer, localidad del departamento de Loira-Atlántico, una de las más afectadas por la marea negra que causó el Erika, fue de las primeras personalidades en manifestar su satisfacción por el fallo del Supremo. 
"Tenía miedo porque normalmente el tribunal sigue la opinión del abogado", dijo al canal "BFMTV" la alcaldesa en alusión a la posición del fiscal Didier Boccon-Gibod, quien había manifestado que la legislación francesa no era aplicable donde sucedió el naufragio. 
"Estoy orgullosa de la Justicia francesa", añadió la alcaldesa, quien aseguró que "habría sido inaceptable que no se les hubiera castigado", en alusión a "Total" y a los otros condenados por este caso. 
Cuando se conoció la sentencia condenatoria en 2010 fue la primera vez en la que el propietario de la carga fue considerado responsable de la contaminación causada por la misma, una marea negra que afectó a unos 400 kilómetros de costas y a más de 150.000 aves. 
El Erika, un petrolero de pabellón maltés, se partió en dos antes de naufragar en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) francesa, más allá de las 12 millas de aguas territoriales galas, frente a las costas de Bretaña. 
La defensa de los acusados coincidió con la Fiscalía al señalar que este caso nunca debió ser juzgado por los tribunales franceses. 
Los tratados internacionales establecen que los delitos cometidos en la ZEE deben ser tratados en el país de cuyo pabellón es el barco. 
Además, señalan que la legislación internacional exime al propietario de la carga de toda responsabilidad, que recae en el armador y el capitán del barco. 
Los abogados de las acusaciones particulares consideraron por su parte que dado que la Justicia maltesa no inició acciones legales por el caso, la francesa era competente para juzgarlos. EFE

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