lunes, 17 de septiembre de 2012

Cantabria, adaptación de recogida o transporte de residuos no peligrosos a la Ley de Residuos

Dicha Ley establece la obligación, a las entidades o empresas que recojan o transporten residuos con carácter profesional
 ECOticias.
La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria ha publicado una resolución sobre la adaptación de las actividades de recogida o transporte de residuos no peligrosos a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.
   Dicha Ley establece la obligación, a las entidades o empresas que recojan o transporten residuos con carácter profesional, de presentar una comunicación al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social.
   Por ello, Medio Ambiente ha emitido una resolución con carácter general para el conjunto de interesados afectados por el cambio de régimen jurídico introducido por la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.
   Según consta en la resolución, consultada por Europa Press, dicho régimen es aplicable a los titulares de actividades de recogida o transporte de residuos no peligrosos con carácter profesional con su sede social en Cantabria, e inscritos en el Registro para las actividades en las que se desarrollen operaciones de gestión de residuos no peligrosos distintas a la valorización o eliminación.
   La información relativa a las actividades de recogida y transporte de residuos desarrolladas se registrará por la Comunidad Autónoma de Cantabria y se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos que será compartido y único en todo el territorio nacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario