De este modo
se modifica el Real Decreto 846/2011 por el que se establecen las
condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales
poliméricos reciclados para su utilización en materiales
ECOticias.
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real
Decreto que amplía el uso de polietilentereftalato (PET) reciclado
obtenido en España para fabricar envases de bebidas no alcohólicas,
estableciendo que los envases finales contengan, al menos, un 50 por
ciento de PET virgen.
De este modo se modifica el Real Decreto 846/2011 por el que se
establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base
de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y
objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, ampliando la
medida transitoria al sector de las bebidas refrescantes analcohólicas.
En la actualidad, ya que la Autoridad Europea de Seguridad
Alimentaria (EFSA) está evaluando la seguridad de los procesos de
reciclado de PET, y se prevé que este proceso finalice más allá del año
2013 con la publicación de una lista positiva de los mismos.
Por este motivo, señala Sanidad, "era preciso disponer medidas
transitorias aplicables en nuestro país, hasta que se estableciera la
lista de la Unión Europea de procesos de reciclado autorizados, que
permitieran el empleo de PET reciclado en España para las aguas de
bebidas envasadas, del mismo modo que habían hecho otros Estados
Miembros".
El RD autoriza la comercialización y uso de estas materias primas
a base de PET reciclado obtenido en España para envases de bebidas
refrescantes siempre que el responsable del proceso de reciclado haya
presentado una solicitud válida a la Autoridad Europea de Seguridad
Alimentaria; que garantice que el PET cumple con las condiciones
establecidas en el Reglamento del Parlamento Europeo; que contengan, al
menos, un 50% de PET virgen; y que el fabricante notifique todos los
datos a las autoridades sanitarias competentes para facilitar su control
oficial.
Según añade Sanidad esta medida "mejora las condiciones
medioambientales que suponía su uso y siempre con las suficientes
garantías sanitarias que garantizasen la seguridad del uso para los
consumidores". Esta situación se ha dado también en otros países del
entorno, que han elaborado disposiciones aplicables durante este período
transitorio.

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