El actual
sistema de los aprovechamientos micológicos en Castilla y León es una
forma encubierta de privatizar el aprovechamiento de un recurso natural
que está localizado principalmente en los Montes Públicos declarados
de Utilidad Pública.
ECOticias.
Asden-Ecologistas en Acción de Soria considera necesaria una ley
micológica, que se controle correctamente su comercialización y que
haya una gestión pública de la recolección y del control sanitario.
Características del actual modelo de regulación y gestión micológica en CyL.
El actual sistema de los aprovechamientos micológicos en Castilla y
León es una forma encubierta de privatizar el aprovechamiento de un
recurso natural que está localizado principalmente en los Montes
Públicos declarados de Utilidad Pública. Además en el aprovechamiento no
se aplican criterios de sostenibilidad y conservación del monte y del
recurso micológico. Incluso, el actual sistema se esta llevando a cabo
sin un soporte legal adecuado en materia forestal y medioambiental y se
está permitiendo que se incumpla la legislación sanitaria, fiscal y de
comercialización de alimentos de forma flagrante por parte de todas
las administraciones. Paradójicamente los políticos y los gestores del
aprovechamiento no dejan de presumir de las excelencias de su modelo de
gestión.
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Asden-Ecologistas
en Acción de Soria entiende que debe existir una regulación de
recolección de setas, tanto en montes privados como públicos; pero debe
estar fundamentada en una legislación adecuada y en el objetivo de la
sostenibilidad ambiental del recurso micológico y del medio forestal
que lo sustenta. El actual modelo lo consideraríamos oportuno si fuera
simplemente un proyecto que diera paso a una adecuada gestión pública.
Estas cuestiones ya fueron trasladas a la Junta de CyL en nuestras
alegaciones al programa de movilización de los recursos forestales de
castilla y león 2013-2021, dentro del cual había un apartado dedicado a
la micología. Este programa fue sometido a información pública por
resolución de 2 de mayo de 2013, de la Secretaría General de la
Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y nuestras alegaciones y aportaciones referidas a la regulación micológica fueron desestimadas
.
Antecedentes del actual modelo de regulación y gestión micológica en CyL.
La regulación de los aprovechamientos micológicos en los montes de
Utilidad Pública en Soria primero y luego en toda Castilla y León
comenzó como un proyecto creado en el año 2001 por la asociación de
Desarrollo ADEMA (Zona Centro-Sureste de la Provincia de Soria)
financiado totalmente con fondos públicos. Durante 12 años en Soria se
han invertido más de 2 millones de Euros de dinero público (procedente
de presupuestos por varias vías y programas de la UE, Estado, JCyL,
Diputación, Ayuntamientos) en la gestión y regulación micológica
(Estimación obtenida del libro "Manual para la gestión del recurso
micológico forestal en CyL" Somacyl-Junta de CyL. 2011). A pesar de ello
aún estamos hablando de un proyecto que no ha resuelto muchos de los
problemas y obstáculos que se observaban hace 12 años.
Insostenibilidad económica del actual modelo.
El actual modelo es gravemente deficitario económicamente; se
sufragada con fondos públicos y es contradictorio con el significado de
la palabra "aprovechamiento" forestal que debería conllevar la
obtención de ingresos económicos para el monte y para el Ayuntamiento
en el caso de los Montes de Utilidad Pública. La financiación es
pública, pero el gestor es una entidad privada, llámese MYAS-RC o
CESEFOR. A su vez el CESEFOR es una fundación privada que se mantiene
mayoritariamente con contratos directos, subvenciones o ayudas de
dinero público, pero en sus decisiones intervienen sus trabajadores y
entes privados, cuyos intereses no coinciden con el interés público ni
con él de los propietarios de los Montes.
A esto hay que añadir que la venta de las licencias no repercute de
forma significativa en los montes, ni compensa la basura y los daños que
se generan. A más INRI, la vigilancia que es el factor de mayor coste
del sistema es realizada por empleados públicos cuyos costes no están
contabilizados, (Guardia Civil y Agentes Medioambientales), que por
cierto están sujetos a recortes en el combustible, uso de vehículos,
reducción de plantilla, etc.
Insostenibilidad ambiental del actual modelo.
La sostenibilidad ambiental del aprovechamiento no está incluida de
forma efectiva y real en la planificación y ordenación, tal y como
establece la Ley de Patrimonio Natural y la Ley de Montes para el
aprovechamiento de los recursos naturales. La Junta de CyL lo regula
sólo de forma teórica sobre el papel. Así por ejemplo parece extrañó que
para una licencia comercial de tipo local o provincial no haya limite
de recolección de kg de setas ni por monte ni por día, lo cual va en
contra de toda regulación ordenada de los recursos naturales.
En el caso de los Montes que no están regulados, y basándonos en el
cumplimiento de este principio legal y ambiental de sostenibilidad y
ordenado aprovechamiento del recurso, la recolección debería regularse
como una actividad recreativa o social con estrictas limitaciones. En
estos montes con el actual modelo de regulación se esta haciendo un
aprovechamiento flagrantemente ilegal, ante la inacción de su
propietario y de la Junta de Castilla y León.
La deficiencia en la gestión y regulación micológica tiene otras
secuelas: la elevada afluencia de recolectores genera un excesivo acceso
y tránsito motorizado ante la inacción y la permisividad de la Junta
de CyL. Si se regulase correctamente el uso de pistas se facilitaría el
control del aprovechamiento, se reduciría la presión recolectora y
sobre todo no aparecería basura por todos los rincones del monte.
Cuestión de los beneficios sociales.
A favor de la actual regulación se podría alegar la importancia de
los beneficios sociales no económicos (ocio y recreativos de disfrute de
la naturaleza). Argumento que se cae por su propio peso cuando la
mayoría de los actuales recolectores (tanto locales como foráneos)
buscan la venta de gran parte de su recolección, que generalmente se
realiza de forma fraudulenta con una licencia recreativa de 5 kg/día de
máximo. Recolección comercial que en muchos casos conlleva elevados
beneficios económicos que no revierten de forma justa en el monte, ni de
forma equitativa entre todos los vecinos. (Véase el caso de
localidades con limitaciones de nº y tipo de licencias)
Deficiencias jurídicas.
En material legal, dar sólo dos pinceladas:
- La legislación forestal actual no regula de forma clara y específica la peculiaridad y características del recurso micológico, a pesar de que la ley del año 2009 de Montes de Castilla y León es reciente. Tampoco regula adecuadamente su régimen sancionador, con los correspondientes problemas para poder culminar los expedientes sancionadores con éxito.
- La comercialización de setas está sometida a la legislación aplicable a otros alimentos, y de forma específica mediante el Real Decreto 30/2009 para la comercialización de setas de uso alimentario. Falta de control que se pretende suplantar con la intervención del CESEFOR mediante la calificación de "SETAS de CyL" que no tiene valor sanitario. La existencia de todavía numerosos puestos ambulantes demuestra que la administración no aplica ni controla el cumplimiento de este Real Decreto. La permisividad y omisión para aplicar y hacer cumplir el actual marco normativo favorece que haya un aprovechamiento excesivo o abusivo de ciertas personas o colectivos.
En resumen
Se debería promulgar inmediatamente una Ley micológica específica que
regularse y ordenase correctamente la recolección de setas y los
beneficios del aprovechamiento en los Montes de U.P, que por supuesto
deberían repercutir de forma equitativa y justa sobre el monte y sus
legítimos propietarios. Se debería aplicar la normativa sanitaria y de
alimentos ya existente. Se debería informar con transparencia a los
pueblos y a sus vecinos de las diferentes alternativas de gestión, de
sus costes y beneficios, de sus bondades y perjuicios.
Sobre todo se debería eliminar el actual modelo que tiende a afianzar
la permanencia del CESEFOR como gestor privado de un recurso público;
entidad que al fin y al cabo es el sumidero de una gran cantidad de
dinero público que se podía invertir directamente en una gestión pública
realizada por los pueblos individualmente, asociados o en convenio con
la Junta de CyL como opción de regulación a escala provincial o
regional.

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