Jaime Serra Vall, vecino de 62 años de la localidad de Fraga
(Huesca), y su mujer pasaron muchos fines de semana sin poder conciliar
el sueño. La causa: el local con música en directo que había abierto
bajo su domicilio. Durante más de cinco años —entre 2003 y 2008— el
ruido se convirtió en un mal compañero de desvelos y las denuncias en
una rutina. Nueve años después, el Tribunal Supremo les ha dado la razón
y ha avalado la sentencia de 2011 de la Audiencia Provincial de Huesca
que condenaba a uno de los tres dueños de la sala, José Luis Fariñas, a
cuatro años de cárcel por un delito ambiental y de lesiones. El tribunal
ordenaba también la clausura del pub Central Brunito, que ya había
cerrado en 2008 por otras causas.
“Tendrían que haber condenado a los tres”, lamenta Serra por teléfono
desde su ya tranquilo domicilio al conocer “por los medios” la
sentencia del Supremo. Los otros dos socios del bar, uno de ellos ex
alcalde de Fraga, José Luis Moret, no fueron imputados.
Según relata la sentencia, el único dueño acusado no tomó ningunas de
las medidas de insonorización y reducción del impacto sonoro que le
habían requerido desde el Ayuntamiento. Debido a la "contaminación
acústica" los afectados sufren "trastornos psicológicos" caracterizados
por "fatiga crónica, insomnio por estrés y ansiedad", dice el texto
condenatorio de la Audiencia Provincial, que obligaba al acusado a
indemnizar a Serra y su esposa con 7.220 a cada uno. “Mi mujer y yo
todavía seguimos tomando medicamentos para dormir; y nos han dicho que
nuestros problemas de ansiedad son para toda la vida”, confirma Serra.
"El derecho al descanso tiene que primar sobre otros, como el de
desarrollo de actividades comerciales", afirma Antonio García, abogado
especializado en la materia. Pero la lógica de la buena vecindad y las
normativas no siempre funcionan y se está produciendo "una
judicialización creciente", dice el experto. En su opinión, debería
existir una mayor sensibilidad social sobre este problema, así como
intervención más eficaz de las administraciones públicas para la
solución de esta clase de conflictos antes de que lleguen a los
tribunales.
“En el pueblo nos decían que no era para tanto y yo les invitaba a
venir a dormir, si podían. Pero nadie vino”, relata Serra, que se topó
con la incomprensión de sus vecinos y la pasividad de la administración.
Ninguno de los requerimientos del Ayuntamiento para reducir el impacto
del ruido del bar fue atendido y, sin embargo, este continuaba su
actividad. “Y no solo los fines de semana, los puentes y festivos
también”, se queja el afectado. La policía constataba una y otra vez que
en el interior de la vivienda se sobrepasaba el umbral de 30
decibelios, límite legal que, según una ordenanza municipal de Fraga, no
se puede superar pasadas las 22.00. Ante la ineficacia de las medidas
administrativas y después de muchas noches de insomnio, el caso se ha
resuelto en los juzgados. "Si dentro de mi casa hay más de 30
decibelios, el bar hay que cerrarlo", razona Serra. El Central Brunito
cesó su actividad en 2008. No fue por la denuncia de Serra, que siguió
su curso, pero este vecino ganó tranquilidad.
La sentencia de la Audiencia, avalada por el Supremo, es severa —“me
han dicho que es un ejemplo en Huesca”, afirma Serra—, sin embargo se
muestra favorable a un posible indulto parcial del acusado por parte del
Gobierno para rebajar a 18 los meses de cárcel. La condena está en
línea con otras dictadas recientemente. La Audiencia de Sevilla impuso
una pena de cuatro años de cárcel al dueño y a la encargada de un bar
por los "ruidos intolerables" el pasado marzo. Un año antes, la
Audiencia de Granada condenó a dos años y seis meses de prisión al
propietario del club de jazz El Secadero, en Alhendín (Granada), por el
mismo motivo.
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