domingo, 8 de diciembre de 2013

Advertencia de la Contraloría sobre delimitación del páramo de Santurbán

Tener en cuenta las medidas necesarias en la delimitación del páramo de Santurbán y que contempla aspectos físicos, bióticos, hidrogeológicos y sociales donde prevalezca el interés general representado en la conservación ambiental y, además, cesen las actividades que podrían estar alterando y deteriorando este importante ecosistema en contravía de condiciones ambientalmente adecuadas, pidió la contraloría General a las entidades ambientales y mineras del país.
La entidad de control de las finanzas públicas encontró que en la zona de influencia del páramo de Santurbán existen títulos mineros en etapa de exploración con un claro desconocimiento de la prohibición para adelantar ese tipo de actividades en ecosistemas de páramo.
Según los análisis efectuados por este ente de control, la extracción de rocas, la realización de túneles y galerías, la dilución de metales pesados, derivados de los procesos de exploración minera generan eventos de riesgos de afectación al medio ambiente y contaminación a las corrientes hídricas, dice el informe de prensa.
Existen datos preocupantes sobre la liberación de arsénico en ciertos puntos de las zonas afectadas por actividades mineras, presencia acusada de elementos y sustancias como el hierro, el sodio, sulfatos y arsénico, advierte el informe.
La contraloría General de la República hizo esta nueva alerta sobre el Páramo de Santurbán en un control de advertencia sobre los riesgos de daño ambiental y pérdida de recursos naturales de la Nación por las deficiencias en los procesos de planificación ambiental y delimitación de los ecosistemas de páramo del país, así como la ausencia de medidas eficaces para su protección.
Destaca el informe que en la función de advertencia, suscrita por la vicecontralora General de la República, Ligia Helena Borrero Restrepo, se dice que hay un aumento de las afectaciones sobre estos ecosistemas debido a las deficientes acciones adelantadas por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, el Instituto de Investigaciones en Recursos Biológicos Alexander von Humbold, el ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Minería para lograr una delimitación, planificación y conservación ambiental oportuna y efectiva de dichos territorios.
Precisa el informe de prensa que para la contraloría las restricciones establecidas para el desarrollo de actividades en ecosistema de páramos no tendrán efectos reales sobre el uso del suelo a nivel rural en la medida que no se establezca un instrumento de control que garantice efectivamente la incorporación de los páramos como determinantes del ordenamiento territorial, conforme se dispone en el artículo 10º de la Ley 388 de 1997.
Expresó preocupación por la expedición del Decreto 934 de 2013 que prohíbe a los departamentos y municipios introducir cualquier restricción a la minería en sus POT (Plan de Ordenamiento Territorial), asegurando que es la Nación la encargada de definir el uso del subsuelo, ignorando los impactos que se generan sobre el suelo, la autonomía de los entes territoriales y la facultad que tienen los municipios de reglamentar los usos del suelo y defender su patrimonio ecológico.
En cuanto a la presencia de páramos en áreas protegidas, la entidad de control expresó que para aquellos páramos que se encuentran cobijados bajo la figura de Distrito de Manejo Integrado (DMI), es difícil garantizar una conservación totalmente efectiva, puesto que allí pueden permitirse actividades mineras y agropecuarias con algunas restricciones.
Similar situación se puede presentar con los Parques Naturales Regionales (PNR), debido a la posibilidad de realizar sustracciones o cambiar de categoría, previo el cumplimiento de ciertos requisitos. Por esta razón, es necesario zonificar y ordenar estas áreas, establecer su régimen de usos. Además, teniendo en cuenta el grave impacto que ocasiona la minería, para la contraloría General esta actividad no debería permitirse en áreas protegidas y en ecosistemas estratégicos.
Frente a la declaratoria de los ecosistemas de páramos como zonas excluidas para la realización de cualquier tipo de actividad minera, se encontró que la gran dificultad para cumplir adecuadamente con dicha restricción radica en la precisión que se debe alcanzar para la delimitación de estos ecosistemas.
Segú el informe, la contraloría llamó la atención por la falta de adopción de la cartografía oficial de páramos a escala 1:100.000 que adicionaría aproximadamente 900.000 nuevas hectáreas a los complejos de páramos, es decir, que representaría un aumento del 30% de la cobertura de los páramos, principalmente a los complejos de Belmira y Miraflores, con un incremento de superficie aproximado de 880% y 590%, respectivamente, y que formalizaría la existencia de unos nuevos complejos de páramo como Sonsón (Antioquía y Caldas) y Altiplano Cundiboyacense (Cundinamarca y Boyacá).
La contraloría General considera que el retraso en la delimitación de los ecosistemas de páramo, ha incidido en forma negativa en la consolidación de la protección de los ecosistemas de páramo y en el avance de lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo con respecto al proceso de zonificación, ordenamiento y determinación del régimen de usos de estos ecosistemas que corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y los Establecimientos Públicos Ambientales.

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